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@miguelgallardo Dr. (PhD) Miguel Gallardo PERITO Tel.  (+34) 902998352 E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

@APEDANICA Asociación APEDANICA con registro del Ministerio del Interior www.cita.es/apedanica.pdf

https://cita.es/webex-ignorancia-deliberada-justificante.pdf 

Comunidad Valenciana Atn. y SECRETARIA GENERAL ADMINISTRATIVA Ana Isabel Bueno Bueno Ref.: SUB/secoa/IZL/cba EXPTE.NÚM.: RP/1/2023 (Responsabilidad Patrimonial) 

Cc: Fiscalía a la que corresponda por NOTITIA CRIMINIS de presunta IGNORANCIA DELIBERADA en escritopublicadoen

https://www.miguelgallardo.es/webex-ignorancia-deliberada.pdf 

 

Dr. Ing. Miguel Ángel Gallardo Ortiz PhD, en su propio nombre y derecho y también como presidente y representante legal de la Asociación para la Prevención y Estudio de Delitos, Abusos y Negligencias en Informática y Comunicaciones Avanzadas APEDANICA, considerando el escrito Ref.: SUB /secoa/ IZL /cba Asunto: Remisión expediente para Trámite Audiencia a solicitud del reclamante con firma digital de Ana Isabel Bueno Bueno y  fecha 7.3.23, en la que se ofrece un enlace (que falla y que en escrito posterior, sin firma ni fecha se ofreció otro distinto) y dice textualmente “Estará disponible para su descarga hasta el próximo 28 de marzo, fecha en la que finaliza el plazo de presentación de alegaciones ante este departamento, a efectos de lo preceptuado en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas” y puesto que pese a dificultades técnicas diversas y dilaciones ya hemos conseguido descargar los 10 documentos con nombre, tamaño y fecha siguientes:

ÍNDICE EXPLICATIVO.pdf 72.6 kB 6/3/23, 12:58:42 01. Trámite Audiencia RP-1-23_firmado COPIA AUTÉNTICA POR SI HAY QUE ENVIAR POR CORREO CERTIFICADO.pdf 116 kB 20/2/23, 13:03:34 02. Informe de la DGTIC _firmado.pdf 793 kB 16/2/23, 10:54:12 03. Solicitud a DGTIC- Informe art. 81_firmado.pdf 256 kB 8/2/23, 12:08:54 04. OFICIO_20230203_092910_1.pdf 265 kB 3/2/23, 9:29:12 05. RESOLUCION_20230203_092910_2.pdf 366 kB 3/2/23, 9:29:12 06. DOC 1_20230203_092910_3.pdf 2.1 MB 3/2/23, 9:29:14 07. DOC 2_20230203_092910_4.pdf 8.6 MB 3/2/23, 9:29:18 08. DOC 3_20230203_092910_5.pdf 3.5 MB 3/2/23, 9:29:20 indice.html 3.4 kB 6/3/23, 13:00:04

y pueden descargarse todos desde el enlace  en https://cita.es/expediente-webex  

 

La primera conclusión provisional que queremos hacer constar aquí es que NO se ha realizado ni una sola comprobación ni instrucción sobre lo denunciado, ni ante el Juzgado, ni tampco ante Webex (Cisco). Señalamos el último documento

https://cita.es/expediente-webex/08.%20DOC%203_20230203_092910_5.pdf 

firmado por María Belén Cardona Rubert con fecha 18.3.2021 que por sí mismo evidencia que no se ha requerido nada ni al Juzgado, ni a Webex, y que únicamente pretendía archivar como fuera la denuncia en la que se precisaban estos datos:

gapi04_val JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 4 GANDIA le invita a unirse a esta reunión de Webex. Número de reunión (código de acceso): 174 801 9734 Contraseña de la reunión: V4TmkP3SX8s jueves, 12 noviembre de 2020 9:30 | (UTC+01:00) Bruselas, Copenhague, Madrid, París | 30 mins. 

y también el posterior fallo con los datos que se repiten, más de dos meses después

gapi04_val JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 4 GANDIA le está invitando a una reunión de Webex planificada. jueves, 28 enero de 2021 11:15 | (UTC+01:00) Bruselas, Copenhague, Madrid, París | 30 mins More ways to join: Join from the meeting link https://gvjusticia.webex.com/gvjusticia/j.php?MTID=m5826ebfe81d30bee06c28 d914ee463f3 Unirse mediante el número de la reunión Número de reunión (código de acceso): 174 961 8542 Contraseña de la reunión: HPeJpwmP678  

 

No hemos encontrado ni la menor referencia en todo el expediente a esos datos precisos y relevantes que deberían ser suficientes y bastantes para requerir tanto a Webex como al Juzgado toda la información y las explicaciones que se solicitaban en la denuncia que, en lo esencial y trascendental, ha sido ignorada hasta ahora. 

 

Nos parece gravísimo que se ignoren datos y metadatos que hemos proporcionado de dis comunicaciones judiciales fallidas tan relevantes y trascendentales que han sido detalladas en el recurso de casación al Tribunal Supremo que adjuntamos y puede verse íntegro, con su PRIMER MOTIVO DE INFRACCIÓN PROCESAL en 

https://www.miguelgallardo.es/recurso-casacion-sara-pastor-sanesteban.pdf

TERCERO. - PRIMER MOTIVO DE INFRACCIÓN PROCESAL.- Por LEC 469.1.3 y 469.1.4 se solicita revisión de la valoración probatoria por vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva en los términos que se señalan en relación con el artículo 24.1 C.E. de tutela judicial efectiva y artículo 24.2 C.E. de derecho de defensa (vulnerando, entre otros, los arts 188.1.5º, 25.2, 225.3 y 225.4 LEC) al celebrarse un juicio sin presencia de la parte demandada, ni de su defensa letrada, tras la celebración de una Audiencia Previa telemática cargada de irregularidades por cortes continuos en las comunicaciones fallidas con sistema WEBEX que los Juzgados de Gandía utilizan, impidiendo de ese modo la defensa y protesta de esta parte a S.Sª, por corte de la comunicación. No se acudió a la celebración del juicio en Gandía porque el letrado del demandado es persona vulnerable y así se le documentó al Juzgado según consta en las actuaciones. Pero aún así, el juicio se celebró en una ciudad como Gandía, líder en aquellos momentos, en toda España, en contagios de COVID e ingresos en UCI muy graves.

 

Pero más grave aún es que los fallos de Webex beneficien a una empresa, Legal Eraser SL, y a los abogados que trabajan por la marca comercial TeBorramos, que obligan a litigar en sus propios domicilios con todo tipo de abusos procesales, a los que, además, se añaden los fallos denunciados en Webex. Como ejemplo de las prácticas de los abogados de TeBorramos, como lo es Sara Pastor Sanesteban demandante en Gandía donde tiene su domicilio contra el aquí reclamante que lo tiene en Madrid, ofrecemos los documentos adjuntos que también pueden verse en

https://cita.es/cendoj-censura-firmado.pdf 

Centro de Documentación Judicial (CENDOJ) (solicitando acuse)

Consejo General del Poder Judicial CGPJ por art. 66 LPA

Secretaría General del CGPJ atn. José Luis de Benito y Benítez de Lugo

Cc: Fiscalía por haber “NOTITIA CRIMINIS” y Ministerio de Justicia

Denuncia publicada en https://www.miguelgallardo.es/cendoj-censura.pdf  

https://cita.es/denuncia-procurador-encubrimiento-firmada.pdf 

Al Juzgado de Instrucción que corresponda 

Denuncia publicada en https://www.miguelgallardo.es/denuncia-procurador-encubrimiento.pdf  

 

La simple lectura de los documentos adjuntos que constan en archivos y registros judiciales evidencia por sí misma la trascendencia y relevancia de lo que hasta ahora se ha ignorado en el EXPTE.NÚM.: RP/1/2023, por lo que, además de insistir en que se requiera al Juzgado y a Webex (CISCO) todo lo relativo a los dos fallos denunciados, y cualquier otro fallo relacionable en el mismo juzgado o en otros, debemos reservarnos el ejercicio de acciones por IGNORANCIA DELIBERADA siendo de aplicación la STS Sala de lo Penal de 9 de junio de 2015 (rec. 1665/2014) ponente Candido Conde Pumpido que dice textualmente:

Y respecto a ese desconocimiento, ha de ponerse de relieve la doctrina jurisprudencial acerca del dolo eventual, y la teoría del asentimiento, de modo que incumbe a quien lleva a cabo una acción el despejar las dudas que puedan surgir acerca de la verdadera naturaleza y contornos de su misma estructura. En otras palabras: quien se pone en situación de ignorancia deliberada, sin querer saber aquello que puede y debe saber,está asumiendo y aceptando todas las consecuencias del ilícito actuar en que voluntariamente participa. O, como dice la STS 633/2009, de 10 de junio , quien se encuentra en una situación que se conoce como ceguera voluntaria (willfull blindness), no está excluido de responsabilidad criminal por la acción ejecutada”.  

 

Son muchos los fiscales testigos de los fallos en Webex con graves perjuicios para las partes, pero en este caso, había representante del Ministerio Fiscal testigo de los fallos en las dos sesiones de Webex que tienen como datos y metadatos

gapi04_val JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 4 GANDIA le está invitando a una reunión de Webex planificada. jueves, 28 enero de 2021 11:15 | (UTC+01:00) Bruselas, Copenhague, Madrid, París | 30 mins More ways to join: Join from the meeting link https://gvjusticia.webex.com/gvjusticia/j.php?MTID=m5826ebfe81d30bee06c28 d914ee463f3 Unirse mediante el número de la reunión Número de reunión (código de acceso): 174 961 8542 Contraseña de la reunión: HPeJpwmP678  

y otros fiscales también conocen los documentos adjuntos relativos a la parte demandante, abogada de TeBorramos, que se benefició de tales fallos en claro y creciente perjuicio del aquí reclamante demandado en el Juzgado de Gandía.

 

Por lo expuesto, se SOLICITA que teniendo por presentado este escrito con la documentación adjunta se requiera a Webex y al Juzgado en el que está acreditado que falló, toda la información relativa al fallo, que se inspeccionen los elementos, se identifique a los funcionarios responsables y se garantice que no se repiten nunca más, menos aún en beneficio de TeBorramos, sin perjuicio de la indemnización por reclamación de responsabilidad patrimonial de la Generalitat Valenciana a la vista de cuanto consta, y más aún por cuanto se ha ignorado de manera inexcusable o presuntamente deliberada, en el EXPTE.NÚM.: RP/1/2023.

 

OTROSÍ digo, que en caso de denegación de lo solicitado, se motive AD HOC la resolución con pie de recurso y plazo para poder aportar más documentación sobre lo ocurrido en el Juzgado y en los sistemas de Webex (CISCO) pese a que es la Administración la que debería incluirla toda de oficio, pero considerando que por transparencia todas las Administraciones Públicas responsables de los diversos sistemas telemáticos para celebrar videoconferencias judiciales deberían estar más coordinadas y sus incidentes mucho mejor documentados, porque a la vista de la ignorancia negligente, o presuntamente deliberada, ya hemos presentado una  

SOLICITUD publicada en https://www.miguelgallardo.es/transparencia-videoconferencias.pdf  

que hasta ahora ha sido contestada por las siguiente comunidades autónomas

https://cita.es/transparencia-videoconferencias-catalanas.pdf

https://cita.es/transparencia-videoconferencias-baleares.pdf

https://cita.es/transparencia-videoconferencias-navarras.pdf  

resultado especialmente relevante que la Comunidad Valenciana ignore en su informe de transparencia todo cuanto consta en este expediente según

https://cita.es/transparencia-videoconferencias-valencianas.pdf  

y en todos los documentos que constan en https://cita.es/expediente-webex 

 

Por ser de hacer Justicia que pido en la fecha de registro de este PDF y adjuntos.

@miguelgallardo Dr. (PhD) Miguel Gallardo PERITO Tel.  (+34) 902998352 E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

@APEDANICA Asociación APEDANICA con registro del Ministerio del Interior www.cita.es/apedanica.pdf

 

Comunidad Valenciana Atn. CONSELLERA DE JUSTICIA, INTERIOR Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EXPTE 2020_05_RP Salvador Broseta Perales y SECRETARIA GENERAL ADMINISTRATIVA Ana Isabel Bueno Bueno Ref.: SUB /secoa/ IZL /cba EXPTE.NÚM.: RP/1/2023 (Responsabilidad Patrimonial) y  Secretaria del Consejo Valenciano de Transparencia Atn. Cristina Vázquez Prat Ref.: Expte. 43/2023

SOLICITUD publicada en https://miguelgallardo.es/webex-responsabilidad-expediente.pdf 

 

Dr. Ing. Miguel Ángel Gallardo Ortiz PhD, en su propio nombre y derecho y también como presidente y representante legal de la Asociación para la Prevención y Estudio de Delitos, Abusos y Negligencias en Informática y Comunicaciones Avanzadas APEDANICA, considerando los escritos de referencia EXPTE 2020_05_RP y SUB /secoa/ IZL /cba que por su interés y trascendencia hemos publicado en

https://cita.es/webex-responsabilidad-reponible.pdf 

https://cita.es/webex-responsabilidad-valenciana-manifiesto.pdf 

como mejor proceda, SOLICITAMOS:

 

Copia íntegra y fedatada, en el mejor formato digital de todos los documentos a los que se hace referencia en el EXPTE.NÚM.: RP/1/2023 en CD-ROM o pendrive o por descarga de nube o por el procedimiento más eficaz posible, con muy especial atención a cuanto pueda conocerse de los fallos de Webex en Gandía que fueron denunciados con precisión en los escritos que ya constan en el expediente, suspendiendo todos los plazos de recursos y trámites de audiencia hasta disponer los aquí denunciantes y reclamantes de toda la documentación con plazo suficiente para presentar alegaciones. Más allá de los perjuicios causados en dos audiencias suspendidas en plena pandemia y la negativa del Juzgado a más comparecencias telemáticas, lo que provocó indefensión, es inadmisible que no se haya investigado eficazmente los incidentes denunciados en su momento. La responsabilidad de la Administración se fundamenta en acciones indebidas y omisiones inexcusables, además de disfunciones o errores. En este caso, es muy grave que, pese a cuanto ya hemos aportado a la Administración de la Comunidad Valenciana, no exista ni el menor indicio de explicación alguna sobre los fallos de Webex, o de cualquier otro sistema que sirva para la tutela judicial efectiva, o que impida ejercer derechos.

 

Los aquí denunciantes y reclamantes también solicitan transparencia que pueda ser comparada con las tecnologías y las responsabilidades de otras comunidades autónomas, por lo que reiteramos lo solicitado en el escrito adjunto que también le consta a la Secretaria del Consejo Valenciano de Transparencia, Ref.: Expte. 43/2023 porque tanto los contratos como los incidentes investigados sirven mejor que ninguna otra alegación para evidenciar la responsabilidad de la Administración.

 

Por lo expuesto, se SOLICITA cuanto conste en el EXPTE.NÚM.: RP/1/2023 en el mejor formato digital que sea posible, al igual que reiteramos la solicitud de transparencia Expte. 43/2023 y todo cuanto ya ha sido expuesto y solicitado pero no atendido en nuestros escritos anteriores, SUSPENDIENDO TODOS LOS PLAZOS PARA ALEGACIONES EN TRÁMITE DE AUDIENCIA O RECURSOS HASTA QUE DISPONGAMOS, CON PLAZO SUFICIENTE, DE TODO LO AQUÍ SOLICITADO, en la fecha de registro electrónico de este PDF de 2 páginas incluyendo ésta.

@miguelgallardo Dr. (PhD) Miguel Gallardo PERITO Tel.  (+34) 902998352 E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

@APEDANICA Asociación APEDANICA con registro del Ministerio del Interior www.cita.es/apedanica.pdf

https://www.linkedin.com/posts/dr-ing-miguel-%C3%A1ngel-gallardo-ortiz-phd-40b22916_solicitud-al-consejero-responsable-de-transparencia-activity-7028469686648352768-FxJi?utm_source=share&utm_medium=member_desktop

Consejero responsable de TRANSPARENCIA y de los sistemas de VIDEOCONFERENCIA en Juzgados y Tribunales de la Comunidad Autónoma SOLICITUD publicada en https://www.miguelgallardo.es/transparencia-videoconferencias.pdf  

 

Dr. Ing. Miguel Ángel Gallardo Ortiz PhD, en su propio nombre y derecho y también como presidente y representante legal de la Asociación para la Prevención y Estudio de Delitos, Abusos y Negligencias en Informática y Comunicaciones Avanzadas APEDANICA, por lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, así como por los arts. 9, 20, 24, 105 y 120 de la CE, como mejor proceda, SOLICITAMOS:

 

Contratos con los proveedores de productos y servicios para las comparecencias telemáticas o videoconferencias y pagos desde el año 2018 hasta la fecha, con especial detalle en la pandemia (en que aumentó su uso) y responsabilidades de la Administración por fallos, con sus costes totales directos e indirectos, desglosados. Es importante poder comparar costes, responsabilidades y funcionalidad de cada uno de los diversos sistemas que han contratado las Comunidades Autónomas a las empresas servicios como WEBEX, ZOOM, GOOGLE MEET, o MICROSOFT TEAMs entre otras, porque tenemos la certeza de que la descoordinación autonómica está beneficiando demasiado a alguna y perjudicando muy gravemente a ciudadanos.

 

Incidentes detectados en las comparecencias telemáticas desglosando causas y efectos o perjuicios con trascendencia procesal (suspensión de vistas o nulidad de alguna actuación) y en cada caso, qué persona jurídica (empresa o ente público) o física (funcionario o empleado público o no) se hace responsable de cada uno, y en qué condiciones o cuantías si hubo alguna indemnización por daños y perjuicios.

 

Aunque la Ley 19/2013 no requiere justificación alguna, en aras de la eficacia pero sin renunciar la información contractual e incidental más completa posible, lo que más nos interesa es poner en evidencia que algunas empresas, como CISCO Systems con WEBEX, han cautivizado a la Administración de Justicia cambiando las condiciones de uso y pagos, porque ofrecían 50 minutos gratis tras los cuales el sistema automáticamente se desconectaba en medio de comparecencias con los graves perjuicios que ello ocasiona al ciudadano. Para comprenderlo, puede verse

https://www.cita.es/webex-comunidad-valenciana.pdf

(documento oficial de la Comunidad Valenciana sobre Webex de CISCO)

https://www.miguelgallardo.es/webex-falla.pdf 

https://www.cita.es/webex-falla-defensor.pdf

https://www.miguelgallardo.es/webex-subsana.pdf 

(incidentes reiterados con el Webex en Juzgado de Gandía)

https://cita.es/webex-responsabilidad-reponible.pdf 

(resolución de CONSELLERA DE JUSTICIA, INTERIOR Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA que consideramos NO AJUSTADA A DERECHO)

 

Por lo expuesto, se SOLICITA información precisada “ut supra” y además, estamos a la disposición de todo funcionario público que comprenda la trascendencia de lo que investigamos ejerciendo así el derecho de acceso y transparencia, en 1 página.

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