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@miguelgallardo Dr. (PhD) Miguel Gallardo PERITO Tel.  (+34) 902998352 E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

@APEDANICA Asociación APEDANICA con registro del Ministerio del Interior www.cita.es/apedanica.pd

Asociación de Estados Iberoamericanos para el Desarrollo de las Bibliotecas Nacionales de los países de Iberoamérica ABINIA en https://cita.es/abinia.pdf 

Desde Madrid, APEDANICA - Asociación para la Prevención y Estudio de Delitos, Abusos y Negligencias en Informática y Comunicaciones Avanzadas quiere alertar a los miembros de ABINIA sobre un muy preocupante problema creciente, para el que proyectamos, y les proponemos, soluciones globales.

En España se está desarrollando una nueva industria de la censura digital que se publicita en Google AdWords, y por otros medios, ofreciendo eliminar cualquier dato o documento en Internet, o de los resultados de buscadores como Google, o en LinkedIn, Twitter y Facebook. Aunque pueda parecer increíble, funcionarios públicos pagan (o no pagan, lo cual es más grave aún) incluso para borrar sentencias firmes del Tribunal Supremo que les han condenado por graves delitos de corrupción. También se borran todo tipo de noticias, o valoraciones negativas, sobre empresas, marcas o productos. 

 

El estudio de CENSUROSCOPIA, CENSUROMÉTRICA y CRIPTOLOGÍA permite probar, por ejemplo, que Google encubre delitos muy graves al borrar las huellas digitales. Aunque no siempre avisa, en ocasiones hay notificaciones como las 50 que pueden verse numeradas, desde la 1 a la 50, publicadas en https://cita.es/google-censura-teborramos-1.pdf hasta https://cita.es/google-censura-teborramos-50.pdf

 

También es digno de más de una tesis doctoral lo que puede encontrarse al final del listado de resultados de Google cuando se busca por ciertas palabras con el mensaje “En respuesta a un requisito legal enviado a Google, hemos eliminado X resultado(s) de esta página. Si lo quieres, puedes leer más información sobre este requisito en LumenDatabase.org“. Esa base de datos cada vez será más importante para la historiografía de nuestra época, porque precisamente es lo que Google está censurando lo que puede llegar a ser el más valioso PATRIMONIO HISTÓRICO DIGITAL, Confidencialmente, o al menos, en lícito y ético OFF-THE-RECORD, podemos compartir los detalles y datos concretos.

 

APEDANICA está trabajando en dos proyectos internacionales, que son:

EXTRAGOOGLE METAGOOGLE ULTRAGOOGLE Y FUERA DE GOOGLE Un proyecto heurístico de APEDANICA  Tel. (+34) 902998352

BUSCANDO SOCIOS en www.cita.es/google-metabuscador.pdf

y Proyecto de Fundación entre herencias y tecnologías complejas

Borrador publicado en https://www.miguelgallardo.es/proyecto-fundacional.pdf 

 

Para ambos proyectos de APEDANICA queremos negociar, con modestos presupuestos, convenios o contratos internacionales, considerando algunas precauciones y prioridades como la que solicitamos por transparencia en cada país a la autoridad más responsable, como puede verse en lo que sigue.

@miguelgallardo Dr. (PhD) Miguel Gallardo PERITO Tel.  (+34) 902998352 E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

@APEDANICA Asociación APEDANICA con registro del Ministerio del Interior www.cita.es/apedanica.pdf

 

Presidencia del Gobierno Subdirección General de Libertad Religiosa Subsecretaría de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática y Registro y Búsqueda de Entidades Religiosas - Ministerio de Justicia, Registro de Asociaciones del Ministerio del Interior u otras entidades públicas por solicitud publicada en https://www.miguelgallardo.es/secretismos-religiosos.pdf

 

Dr. Ing. Miguel Ángel Gallardo Ortiz (PhD), licenciado y doctor en Filosofía, en su propio nombre y derecho, pero también en representación de APEDANICA - Asociación para la Prevención y Estudio de Delitos, Abusos y Negligencias en Informática y Comunicaciones Avanzadas, con Tel. 902998352 domicilio en calle Fernando Poo, 16 Piso 6ºB E-28045 Madrid,  por lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (que normaliza esta esta solicitud), así como por los arts. 9, 14, 20, 22 (“Se prohíben las asociaciones secretas…”), 105, 120, y también con el máximo respeto por los arts. 16 y 18 de la Constitución Española, SOLICITA:

 

Información estadística detallada sobre todos los procedimientos administrativos contra “asociaciones secretas” prohibidas por el art. 22 de la Constitución Española.

 

Considerando lo anterior, identificación tan detallada como sea posible de todas las asociaciones que, una vez iniciado un procedimiento administrativo o judicial, ya han pasado a registrarse con la debida publicidad y datos de sus representantes.

 

Lo mismo para las entidades religiosas de cualquier tipo reconocido por el Ministerio de Justicia en su registro con algún antecedente de “secretismo ilícito”.

 

De todo lo anterior, cuanto pudiera documentarse o citarse relativo a resoluciones que contemplen censura en Internet de asociaciones, o de entidades religiosas, o al menos, que indiciariamente pudieran impedir algún derecho del art. 20 de la CE.

 

Aunque la Ley 19/2013 no requiere justificación o motivación alguna, para explicar la prioridad de esta solicitud informamos a las autoridades que estamos investigando censura digital con presunto encubrimiento de hechos con relevancia penal de personas físicas o jurídicas diversas, que consiguen que Google, o LinkedIn, Twitter o Facebook eliminen contenidos digitales o resultados en sus buscadores. Sin renunciar a otras fuentes, estamos investigando en CENSUROSCOPIA, CENSUROMÉTRICA y CRIPTOLOGÍA a sociedades secretas y entidades religiosas con creencias o imperativos secretistas (más allá del secreto de confesión personal preciso y estricto), con especial atención al ENCUBRIMIENTO de algún hecho documentable por su notoria relevancia histórica, o penal, con su posible desencubrimiento, descensurando, o descifrando, o desencriptando, lícita y éticamente.

 

OTROSÍ digo, lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, Artículo 14. Decisiones sobre competencia. 1. El órgano administrativo que se estime incompetente para la resolución de un asunto remitirá directamente las actuaciones al órgano que considere competente, debiendo notificar esta circunstancia a los interesados.

 

Dr. Ing. Miguel Ángel Gallardo Ortiz (PhD) se hace plenamente responsable, s.e.u.o., de todos los datos y documentos que están publicados en los dominios cita.es y miguelgallardo.es y está a la disposición de todo funcionario público competente para informar sobre lo aquí solicitado en la convicción de que PATRIMONIO HISTÓRICO DIGITAL muy valioso está en riesgo. Este PDF puede ser citado libremente en https://www.miguelgallardo.es/secretismos-religiosos.pdf

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