@miguelgallardo Dr. (PhD) Ing. Miguel Gallardo PERITO Tel. (+34) 902998352 E-mail:
@APEDANICA Asociación APEDANICA con registro del Ministerio del Interior www.cita.es/apedanica.pdf
https://cita.es/junta-electoral-censura-justificante.pdf
Junta Electoral Central atn. presidente Miguel Colmenero Menéndez de Luarca DENUNCIA publicada en https://www.miguelgallardo.es/junta-electoral-censura.pdf
Dr. Ing. Miguel Ángel Gallardo Ortiz (PhD), licenciado y doctor en Filosofía (Ética), en su propio nombre y derecho, pero también en representación de APEDANICA - Asociación para la Prevención y Estudio de Delitos, Abusos y Negligencias en Informática y Comunicaciones Avanzadas, E-mail:
1º La Junta Electoral Central conoce bien numerosos casos de publicidad en Internet, buscadores y redes sociales, que son contrarios a la normativa, y sancionables. Sin embargo, hasta ahora no parecen existir precedentes en casos de censura de hechos que puedan tener relevancia electoral. En ciertos casos, el encubrimiento de hechos con relevancia electoral, o penal, o económica, o política, o ética, alteran más resultados electorales que la propaganda, por lo que la censura con presunto encubrimiento de datos amparables por el derecho constitucional a dar y recibir información veraz por cualquier medio debe ser igualmente sancionable, más aún si para censurar se utilizan recursos públicos, o están implicados funcionarios públicos, o si se realizan pagos para eliminar resultados de Google que afecten a la imagen de candidatos o candidaturas o partidos políticos.
2º Hemos tenido conocimiento y comprobado cuidadosamente que Google actualmente censura hechos y datos publicados en Internet con notoria relevancia electoral. Por ello, hemos denunciado tres casos claros a la Fiscalía sobre la “Operación Púnica” en la Audiencia Nacional así
https://www.miguelgallardo.es/denuncia-censura-cofely.pdf
con registro en https://cita.es/denuncia-censura-cofely-audiencia-nacional.pdf
aportando las notificaciones de retirada de contenidos remitidas por Google
https://cita.es/google-censura-cofely.pdf y https://cita.es/google-censura-cofely-2.pdf
y el conocido como “caso Taula”, enjuiciado actualmente en Valencia, en
https://www.miguelgallardo.es/caso-taula-censurado.pdf
con registro en https://cita.es/caso-taula-fiscalia-ciudadana.pdf
aportando lo publicado en https://cita.es/google-censura-caso-taula.pdf
Sobre la censura de hechos y datos en documentos publicados en Internet sobre el caso Taula la Fiscalía Provincial de Valencia ha abierto diligencias de investigación preprocesales DIP 1283/23 delegando en el fiscal José Vicente Guillamón según decreto de 21.6.2023 que hacemos público en
https://cita.es/caso-taula-fiscalia-valenciana-diligencias.pdf
Además, en plena campaña electoral municipal, el Ayuntamiento de Madrid ha censurado y "recensurado" relevantes contenidos como puede verse en
https://cita.es/alcalde-almeida-recensurando.pdf
que recensura https://cita.es/alcalde-almeida-censurando.pdf
https://cita.es/google-censura-ayuntamiento-de-madrid-tribunal-de-cuentas.pdf
https://cita.es/google-censura-ayuntamiento-de-madrid-demanda-municipal.pdf
https://cita.es/cita.es/google-censura-ayuntamiento-de-madrid-secretario-municipal.pdf
que hemos publicado en un segundo dominio, al estar convencidos de que es perfectamente lícito y ético publicar lo que Google censura, en
https://miguelgallardo.es/alcalde-almeida-censurando-tribunal-de-cuentas.pdf
https://miguelgallardo.es/alcalde-almeida-censurando-demanda-municipal.pdf
https://miguelgallardo.es/alcalde-almeida-censurando-secretario-municipal.pdf
3º Incluso si no fuera delito, ni falta sancionable, la censura digital debe ser reconocida por Google, e inmediatamente rectificada, en todos los casos en los que impida el ejercicio del derecho a dar y recibir información veraz. El hecho de que Google haya decidido eliminar arbitrariamente contenidos lícitamente publicados tiene consecuencias electorales. Sin embargo, Google interpone todas las dificultades posibles para esclarecer por qué se han retirado contenidos relevantes que sí están disponibles en los resultados de otros buscadores, todos prácticamente marginales, o a los que sí se puede acceder por medio del URL pero resulta imposible encontrar en Google.
En España se ha llegado a tal abuso del mal llamado derecho al olvido que se han desarrollado industrias de la censura digital incluso de sentencias firmes de funcionarios condenados por graves delitos de corrupción (hay un caso de cohecho continuado y negociación prohibida a funcionarios públicos en la sentencia SAP B 14681/2007 confirmada en la STS 4019/2008 que ha sido censurado por Google en cientos de enlaces pese a la relevancia pública y el interés actual de las actividades e intervenciones en medios de comunicación del funcionario público condenado en firme). Pero además, los máximos responsables de algunas entidades públicas han utilizado todo tipo de recursos para impedir que hechos relevantes puedan ser conocidos por la opinión pública pese a que están publicados en Internet. Es el caso de la parte relacionada con las empresas EICO y MADIVA en la Operación Púnica, pero también el que hemos señalado del Ayuntamiento de Madrid, tanto ante la Agencia Española de Protección de Datos AEPD como ante Google.
Es muy grave que el Ayuntamiento de Madrid reciba un trato de favor por parte de Google, más aún considerando los convenios que vinculan a la Empresa Municipal de Transportes EMT, u otras entidades dependientes, como el que está publicado íntegro en https://www.cita.es/google-emt.pdf
Pero no es el Ayuntamiento de Madrid el que recibe tal trato de favor, sino antes al contrario, es el perjudicado por el uso indebido de recursos públicos para eliminar información relevante y de interés general en los resultados de Google. Los beneficiados son los que han desarrollado un “modus operandi” que pueden poner al servicio de cualquier candidato y que hasta ahora nadie ha señalado evidenciándose como nosotros hacemos. Ni siquiera los medios digitales parecen capaces de detectar, ni en sus propios dominios de Internet, la "retirada de contenido de la Búsqueda de Google" impidiendo a sus potenciales lectores encontrar noticias y datos relevantes que han publicado.
4º Esta creciente censura digital que ejerce Google, en ocasiones por injustas y arbitrarias resoluciones de la Agencia Española de Protección de Datos AEPD, y en otras, directamente ejecutadas por Google, están posibilitando secretismo organizado que incluso podría estar relacionado con algunas sectas secretas, expresamente prohibidas por el art. 22 de la Constitución Española. Ningún partido político está libre de sospecha de tener infiltrados a miembros de muy diversos tipos de sectas o sociedades secretas que se caracterizan, precisamente, por su ferocidad censuradora. Tal vez ahora mismo sean Google y la Agencia Española de Protección de Datos AEPD la mejor fuente de información sobre la influencia en procesos electorales de las peores sectas o sociedades secretas, ilegales por inconstitucionales.
5º Para que los miembros de la Junta Electoral Central puedan comprender la importancia de la censura digital en Google, además de lo que por sí mismos evidencian todos los enlaces antes citados, es importante señalar que varias entidades han desarrollado la CENSUROSCOPIA de hechos relevantes y entre ellas puede mencionarse el trabajo de Neil McIntosh, Managing Editor of BBC Online publicando cada mes lo que Google censuraba en los dominios de la British Broadcasting Corporation (BBC) y la base de datos Lumendatabase.org que es un proyecto del Berkman Klein Center para la Internet & Society en Harvard University que hemos citado en denuncias ya presentadas, porque nos consta que fraudulentamente se ha censurado información en el web poderjudicial.es según puede verse en estos enlaces
https://cita.es/cgpj-censura-firmado.pdf
Consejo General del Poder Judicial CGPJ por DENUNCIA
Secretaría General del CGPJ atn. José Luis de Benito y Benítez de Lugo
Denuncia publicada en https://www.miguelgallardo.es/cgpj-censura.pdf
Juzgado Central de Instrucción 6 (de apoyo) AUDIENCIA NACIONAL
Diligencias Previas 18/2021 (Kuailian y otros) https://cita.es/kuailian-censura
Cc: Fiscalía, UDEF (Policía, Ministerio del Interior) y Gabinete de Prensa
Escrito publicado en https://www.miguelgallardo.es/kuailian-censura.pdf
https://cita.es/kuailian-censura https://cita.es/kuailian-censura-policia.pdf https://cita.es/kuailian-censura-udef.pdf
y a la autoridad de los EEUU que parece amparar o ignorar ciertas censuras
https://cita.es/foia-dmca-signed.pdf https://cita.es/foia-dmca-requestf https://cita.es/foia-dmca-sent.pdf
U.S. Copyright Office Attn. Designated FOIA Officers George Thuronyi, Deputy Director and Ann Tetreault, Specialist, Office of Public Information FOIA request published at https://www.miguelgallardo.es/foia-dmca.pdf
Otro ejemplo de orden conceptual superior, se observa si se busca en Google
Lumendatabase.org site:cita.es | site:miguelgallardo.es
https://www.google.com/search?q=Lumendatabase.org+site:cita.es+%7C+site:miguelgallardo.es
puede leerse al final de los resultados de Google lo siguiente:
En respuesta a un requisito legal enviado a Google, hemos eliminado 3 resultado(s) de esta página. Si lo quieres, puedes leer más información sobre este requisito en LumenDatabase.org.
Esto significa que se nos han censurado 3 documentos en los que se menciona Lumendatabase.org en una especie de “censura de la censura” o METACENSURA como también puede considerarse el "recensurado", antes citado publicado en https://cita.es/alcalde-almeida-recensurando.pdf
6º Las acciones y omisiones de Google, especialmente cuando censura resultados electoralmente relevantes o cuando practica el encubrimiento de hechos con relevancia penal en los resultados del buscador deberían ser investigadas mediante nuevas metodologías aplicadas al sufragio pasivo en todo el mundo, porque todo lo que Google oculta deliberadamente de candidatos electorales debería ser una muy alta prioridad de la División de Asistencia Electoral DAE de Departamento de Asuntos Políticos DAP de la Organización de Naciones Unidas ONU, pero sin duda es en España donde la censura en Google ha alcanzado cotas más desproporcionadas por la industria reputacional que se publicita en el mismo Google para eliminar, borrar o censurar cuanto se pague, o cuanto se trafique con influencias o se negocie ilegalmente por funcionarios públicos relacionados con Google. Los candidatos favoritos de Google, por una parte, mejoran su imagen y popularidad, y por otra, ocultan, esconden, borran, eliminan, censuran y encubren información relevante mediante lo que se conoce como “gestión reputacional” sin que nadie siquiera cuestione la legalidad de sus campañas. Lo que no puede encontrarse de sus antecedentes o actos relevantes en Google, pervierte el espíritu y la letra de la normativa electoral como se evidencia con todos los enlaces aquí ofrecidos, y en otros muchos más.
Por lo expuesto, se SOLICITA a la Junta Electoral Central que requiera a Google Spain, S.L. en Plaza de Pablo Ruiz Picasso 1, Planta 26 C.P. 28020 Madrid, Tel.: 917486400 (atn. directora general Fuencisla Clemares Sempere) toda la información de que disponga sobre los hechos aquí denunciados con especial precisión y detalle para lo relativo a cada "retirada de contenido de la Búsqueda de Google" en enlaces que se han citado aquí e igualmente se requiera al Ayuntamiento de Madrid por cuanto conocimiento tenga de acciones, omisiones o disfunciones que hayan impedido el ejercicio del derecho constitucional a dar y recibir información veraz en Google, así como a cualquier otra entidad pública o privada relacionada con los hechos aquí denunciados para incoar un expediente sancionador, urgentemente.
Los denunciantes están a la entera disposición de todo funcionario que sea competente para investigar o sancionar todo cuanto consta en este PDF de 4 páginas y nos hacemos plenamente responsables, s.e.u.o., de todos los datos en documentos verazmente publicados en los dominios cita.es y miguelgallardo.es
DENUNCIA publicada en https://www.miguelgallardo.es/junta-electoral-censura.pdf